Chihuahua, Chih.- La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural este entrará en vigor al dia siguiente de su publicación.
Se abroga el Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de mayo de 2012, así como sus Acuerdos modificatorios y demás disposiciones administrativas que se opongan al presente ordenamiento.
Se adscriben orgánicamente las unidades administrativas a que se refiere el Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en los siguientes términos:
I.- A la persona titular de la Secretaría:
a) La Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria;
b) La Unidad de Administración y Finanzas;
c) La Oficina del Abogado General;
d) La Coordinación General de Agricultura;
e) La Coordinación General de Desarrollo Rural;
f) La Coordinación General de Inteligencia de Mercados Agroalimentarios;
g) La Coordinación General de Ganadería;
h) La Coordinación General de Asuntos Internacionales;
i) La Coordinación General de Comunicación Social;
j) La Coordinación General de Enlace Sectorial;
k) La Coordinación General de Operación Territorial;
l) La Dirección General de Supervisión, Evaluación y Rendición de Cuentas;
m) La Dirección General de Normalización Agroalimentaria, y
n) Las Oficinas de Representación en las Entidades Federativas.
II.- A la persona titular de la Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria:
a) Dirección General de Apoyos Productivos Directos;
b) Dirección General de Organización para la Productividad, y
c) Dirección General de la Autosuficiencia Alimentaria.
III.- A la persona titular de la Coordinación General de Agricultura:
a) Dirección General de Fomento a la Agricultura;
b) Dirección General de Políticas, Prospección y Cambio Climático;
c) Dirección General de Valor Agregado y Mercados;
d) Dirección General de Gestión de Riesgos, y
e) Dirección General de Suelos y Agua.
IV.- A la persona titular de la Coordinación General de Desarrollo Rural:
a) Dirección General de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Extensionismo;
b) Dirección General de Integración Económica, y
c) Dirección General de Fortalecimiento a la Agricultura Familiar.
V.- A la persona titular de la Coordinación General de Inteligencia de Mercados Agroalimentarios:
a) Dirección General de Comercialización;
b) Dirección General de Administración de Riesgos de Precios, y
c) Dirección General de Operación;
VI.- A la persona titular de la Coordinación General de Ganadería:
a) Dirección General de Repoblamiento Ganadero, y
b) Dirección General de Sustentabilidad de Tierras de Uso Ganadero.
VII.- A la persona titular de la Unidad de Administración y Finanzas:
a) Dirección General de Programación, Presupuesto y Finanzas;
b) Dirección General de Capital Humano y Desarrollo Organizacional;
c) Dirección General de Recursos Materiales, Inmuebles y Servicios, y
d) Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Compartimos la liga de la publicación para su análisis: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5619375&fecha=26/05/2021